News
Maite Agudelo
Departamento de Asuntos Económicos y Sociales (DESA) Naciones Unidas
El envejecimiento es un proceso natural que debe ir acompañado de seguridad, dignidad y permanencia del disfrute de la vida, la salud, la integridad y la participación social. Con el aumento de la población de personas mayores, también se ha incrementado el maltrato (OMS, 2018). La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores define el maltrato como todo acto u omisión contra una persona mayor, que ocurra de manera única o repetida y produzca daño a la integridad física, psíquica, moral o que vulnere el goce de los derechos humanos y libertades fundamentales, independientemente de que esta situación se produzca en el marco de una relación de confianza (OEA, 2015)
¿Qué se sabe acerca de este problema en América Latina?
Algunas cifras derivadas de estudios nacionales, encuestas específicas o informes judiciales dan indicios de la magnitud de este problema en algunos países de América Latina. En Chile, la Encuesta Nacional de Salud (ENS) 2009-2010 evaluó la exposición a eventos violentos y constató que en las personas de 65 años y más la prevalencia de maltrato era del 7,7%, siendo mayor el porcentaje de maltrato en las mujeres (8,7%) que en los hombres (6,4%). Por otra parte, el Estudio Nacional de la Dependencia en las Personas Mayores correspondiente a 2009 informó de una prevalencia de la discriminación del 14% (SENAMA, 2009). Para 2012, el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) realizó un estudio en la región de Valparaíso, donde la prevalencia del maltrato fue del 35,5% para el maltrato psicológico, el 9,2% para la negligencia, el 8,3% para el maltrato económico, el 5,6% para el maltrato físico y el 5,0% para el maltrato sexual. Según esta encuesta, un 4,1% de las personas mayores fueron víctimas de una de las tipologías de maltrato, mientras que el 13,6% experimentaron dos o más tipos de maltrato simultáneamente (SENAMA, 2012a).
En Colombia, en 2007 se realizó en Bogotá una caracterización de los casos de maltrato contra adultos mayores denunciados en las comisarías de familia de sus localidades. Los resultados mostraron una prevalencia del maltrato psicológico del 35,2% (Sepúlveda y otros, 2009). En Antioquia, un estudio de 2012 informó de una prevalencia de maltrato físico del 1,7%, económico del 1,3% y sexual del 0,4% (Cano y otros, 2015). Posteriormente, en 2015 se llevó a cabo en Colombia la Encuesta Nacional de Salud, Bienestar y Envejecimiento (SABE), que mostró que la prevalencia del maltrato a personas mayores era del 12,9%. Además, concluyó que el maltrato a las mujeres era más frecuente, que aumentaba conforme se incrementaba la edad y que ocurría en mayor proporción en personas de estratos socioeconómicos bajos y de zonas rurales (MINSALUD/COLCIENCIAS, 2016). En el Ecuador, la Encuesta de Salud, Bienestar y Envejecimiento (SABE) 2009-2010 mostró una prevalencia de la negligencia y el abandono del 14,9% en personas mayores. Además de esto, el 14% de las personas manifestaron haber sido insultadas, siendo mayor el porcentaje entre las mujeres (15,8%). El 7,2% de las personas mayores indicaron haber sido amenazadas con causarle daño, siendo mayor la cifra en las mujeres (7,3%). Según dicha encuesta, un 4,9% de las personas mayores en general habían sido víctimas de empujones, el 3,0% habían sido presionadas para tener relaciones sexuales y el 2,3% habían sido amenazados con ser llevadas a un asilo (Freire, 2010).
México fue el primer país de América Latina en realizar una encuesta nacional representativa sobre maltrato, en 2006. Los resultados mostraron una prevalencia del maltrato del 16,2%, siendo mayor en las mujeres (18,4%) que en los hombres (12,6%)(Giraldo, 2006). Posteriormente el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) llevó a cabo la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) en México, en 2011, y los resultados mostraron una prevalencia del maltrato del 12,5%. El maltrato más prevalente fue el psicológico (9,4%), seguido del económico (4,9%) (INEGI, 2011). En 2016 los resultados mostraron un incremento del maltrato, con una prevalencia del 17,3%. El maltrato psicológico continuó siendo la tipología más prevalente, con un 15,2%, seguido del financiero con un 6,3% y el físico con un 1,2% (INEGI, 2016).
En cuanto al maltrato en entornos institucionales, la información es más escasa aún. La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que las cifras estimadas son de un 33,4% para el maltrato psicológico, un 14,1% para el físico, 13,8% el económico, el 11,6% la negligencia y el 1,9% el maltrato sexual (OMS, 2018). En Chile, en 2018 el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA), llevó a cabo un estudio sobre condiciones de vida de personas mayores en los establecimientos de larga estadía. Fue realizado en 11 centros a lo largo del país y alcanzó un total de 465 encuestas efectivas. En el apartado de vulneración de derechos, este estudio informó que aproximadamente un 3,4% de las personas mayores habían sufrido situaciones de violencia o abuso (SENAMA, 2018).
¿Cómo se está enfrentando este problema en América Latina? Políticas y programas para la reducción del maltrato a las personas mayores
En la Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General el 10 de diciembre de 1948 se establecen los derechos fundamentales y se incluye la prohibición de discriminación por cualquier motivo alguno; a partir de esta Declaración se han promulgado normas internacionales y nacionales que buscan el desarrollo de las libertades en la vejez y la protección de los derechos humanos de las personas mayores (Naciones Unidas, 1948). En este sentido, en 2015 se promulgó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (OEA, 2015), en la que se abordan los asuntos de la vejez y el envejecimiento desde una perspectiva de derechos humanos, reafirmando la obligación de eliminar todas las formas de discriminación, en particular la que se presenta en razón de la edad. A nivel nacional, los países de la región se han esforzado por elaborar políticas y programas encaminadas a la protección de las personas mayores. A continuación se presenta un breve resumen al respecto.
Comencemos con Costa Rica, en donde el tema del maltrato en la vejez ha cobrado relevancia en la agenda política a partir de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor (Ley núm. 7.935 de 1999), que incluye entre sus objetivos garantizar igualdad de oportunidades, vida digna, protección y seguridad social en la vejez (Gobierno de Costa Rica, 1999). Posteriormente, en 2006 se promulgó el decreto ejecutivo núm. 33.158 , que declara el 15 de junio como Día Nacional contra el Abuso, Maltrato, Marginación y Negligencia contra las Personas Adultas Mayores con el fin de apoyar actividades dirigidas a eliminar ese flagelo. Se estableció que el Día había de ser celebrado en lugares públicos y privados con encuentros entre generaciones que estimulen el respeto (Gobierno de Costa Rica, 2006) lang="ES-CO">. Por otra parte, en 2016 se aprobó en Costa Rica la Política Institucional para Garantizar el Acceso a la Justicia de Personas Adultas Mayores (Poder Judicial, 2016), con el objetivo de adecuar los servicios del Poder Judicial a las necesidades de este grupo poblacional por medio de los diferentes despachos y oficinas judiciales.
Costa Rica cuenta además con el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM),órgano rector en materia de envejecimiento y vejez y que tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas mayores mediante la formulación y ejecución de políticas públicas. El CONAPAM adopta medidas para la prevención y erradicación de toda forma de violencia hacia las personas mayores; en coordinación con instituciones públicas y privadas fortalece los mecanismos de detección y atención a la violencia intrafamiliar, el abuso y el maltrato a las personas mayores en todo el país. Existe asimismo la Unidad de Gestión Social, que se encarga de recibir denuncias sobre maltrato y brindar orientación al respecto. Además, la Red de Atención Progresiva para el Cuido Integral de las Personas Adultas Mayores elaboró un programa con enfoque de derechos, que se encarga de articular acciones e intereses para garantizar un adecuado cuidado de las personas mayores y satisfacción de sus necesidades (CONAPAM, 2014).
En el Estado Plurinacional de Bolivia los esfuerzos por proteger a las personas mayores se concretan a partir de la Constitución Política del Estado promulgada en 2009, en la cual se reconocen por primera vez los derechos, garantías y beneficios de las personas adultas mayores(Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, 2009a). En este mismo año, por medio del decreto supremo núm. 0264 se declaró el 26 de agosto Día de la Dignidad de las Personas Adultas Mayores en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia (Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, 2009b) . Además, en 2013 se promulgó la Ley núm. 369, Ley General de las Personas Adultas Mayores, que tiene por objetivo regular los derechos, garantías y deberes de las personas adultas mayores, así como la institucionalidad para su protección (Asamblea Legislativa Plurinacional, 2013) . En 2013 se creó el Consejo de Coordinación Sectorial Por una Vejez Digna, a partir del decreto supremo núm. 1.807 (Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, 2013) . En 2016, la Asamblea Legislativa Plurinacional ratificó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores por medio de la Ley núm. 872 de 21 de diciembre de 2016 (Asamblea Legislativa Plurinacional, 2016). Posteriormente, en 2017, en cumplimiento de la Ley núm. 369 y con la ratificación de la Convención, el Ministerio de Justicia formuló el Plan Multisectorial de Desarrollo Integral de las Personas Adultas Mayores 2016-2020, que responde al desafío de generar y ampliar mecanismos de garantía y protección de derechos de las personas adultas mayores (Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, 2018).
En el caso de Chile, la Ley núm. 20.427 de 2010 modificó la Ley núm. 20.066 de 2005 de Violencia Intrafamiliar e incorporó el maltrato de personas mayores en la legislación nacional (Ministerio de Justicia, 2010) . En conformidad con dicha Ley, el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) del Ministerio de Desarrollo Social de Chile, dirige el Programa contra la Violencia y el Abuso al Adulto Mayor (MDS/SENAMA, 2019), el cual busca proteger y atender a tiempo a todas aquellas personas mayores víctimas de alguna situación de abuso, maltrato o violencia intrafamiliar. El SENAMA cuenta además con el Sistema Integral de Atención Ciudadana (SIAC), que atiende consultas sobre situaciones que vulneran los derechos de las personas mayores y brinda información sobre vejez y envejecimiento (SENAMA, 2019).
En Colombia, el artículo 46 de la Constitución Política Nacional ampara los derechos de las personas mayores y promueve su protección por parte del Estado, la sociedad y la familia. Además, la Ley núm. 1.251 de 2008 (Gobierno de Colombia, 2008) dicta las normas para la protección, promoción y defensa de los derechos de las personas mayores. En 2017 se aprobó la Ley núm. 1.850 (Gobierno de Colombia, 2017), que tiene por objetivo sensibilizar a la población respecto a los derechos de las personas mayores, visibilizar las situaciones de maltrato y desnaturalizar las acciones que configuran estos hechos (Ministerio de Salud y Protección Social, 2018)
Por su parte, los esfuerzos en materia de derechos humanos de personas mayores en el Perú se concretan a partir de la Ley núm. 28.803 de 2006, que incluye en su artículo 8 (Gobierno del Perú, 2006)la creación de Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM), que son espacios de prestación de servicios básicos integrales y multidisciplinarios para el bienestar y promoción social de las personas mayores. El CIAM tiene entre sus objetivos organizar talleres de autoestima y de prevención del maltrato (Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, 2007). Además, en 2016 se promulgó la Ley núm. 30.490 (Gobierno del Perú, 2016), que enuncia como principio la promoción y protección de los derechos de las personas mayores. En su artículo 33 declara el 15 de junio como el Día Mundial de la Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato a las Personas Adultas Mayores.En 2005 se crearon los Centros de Orientación Socio Legal para la defensa de los derechos de las personas mayores, concebidos por el Centro Proceso Social, y que tienen por objetivo trabajar con personas adultas mayores por la protección de sus derechos, enfocándose en apoyarlas para hacer frente a los problemas que ellas enfrentan (Viera, 2012).
La Constitución de la República del Ecuador de 2008, en su capítulo tercero sobre derechos de las personas y grupos de atención prioritaria, sección primera sobre personas mayores, establece que estas recibirán protección contra la violencia. También se brindará protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica y se adoptarán medidas de protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o negligencia que provoque tales situaciones.
El Brasil por su parte, cuenta desde 2003 con la Ley núm. 10.741 Estatuto do Idoso, que tiene por objetivo regular los derechos especiales de las personas mayores de 60 años y establecer derechos fundamentales y de ciudadanía, así como de asistencia judicial. En su artículo 4 establece que ninguna persona mayor deberá ser objeto de ninguna forma de negligencia, discriminación, violencia, crueldad u opresión, y que todo atentado a sus derechos será penalizado conforme a la ley (Gobierno del Brasil, 2003).
Para el caso de El Salvador, su Ley contra la Violencia Intrafamiliar (decreto núm. 902 de 1996) establece los mecanismos para prevenir, sancionar y erradicar la violencia y enuncia de forma específica la protección especial a personas mayores (Asamblea Legislativa, 1996). Además, El Salvador es uno de los países que ratificó en 2018, la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
Buenas prácticas en América Latina para el abordaje del maltrato a personas mayores
A continuación se presentan algunos ejemplos de iniciativas relacionadas con la visibilización, prevención y manejo del maltrato a personas mayores, referentes a tres países de América Latina. En este sentido, se hará referencia a una estrategia adoptada en la Argentina, tres en Chile, una en Costa Rica y una en México.
Estas buenas prácticas constituyen una forma de enfrentar la problemática del maltrato en la vejez y generar ideas para la adopción de actividades, programas y políticas para la defensa y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas mayores en el seno de las familias, los establecimientos de larga estadía y la comunidad en general.
Argentina
El Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Argentina, impulsó el programa Prevención de la Discriminación, el Abuso y el Maltrato hacia los Adultos Mayores (Ministerio de Desarrollo Social, 2010). Esta iniciativa tiene por objetivo prevenir las situaciones de discriminación, abuso y maltrato hacia los adultos mayores y su entorno inmediato desde una perspectiva de derechos.
Para la ejecución del programa se han fijado cinco objetivos concretos:
- Capacitar a los equipos que trabajan con los adultos mayores y sus familias.
- Sensibilizar a la comunidad sobre la existencia de situaciones de discriminación, abuso y maltrato hacia la población mayor.
- Brindar información acerca de los derechos de los adultos mayores.
- Generar espacios de contención y derivación de casos de abuso y maltrato de adultos mayores.
- Promover el establecimiento de redes de apoyo para el adulto mayor y su familia.
El programa comprende cuatro componentes, a saber,: capacitación profesional, asesoramiento legal y psicológico, difusión de derechos y sensibilización a la comunidad y se puso en práctica en 22 provincias entre 2006 y 2009. Los principales resultados de la estrategia fueron un mayor conocimiento de los derechos de las personas mayores y un aumento en el número de herramientas para detectar esas situaciones. Además, el programa permitió mejorar el conocimiento sobre situaciones que favorecen a los adultos mayores, aumentar el número de solicitudes de ayuda y favorecer el intercambio y la reflexión.
Chile
El Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) elaboró el programa Prevención del Síndrome de Burnout en Personal de Cuidado Directo del Residente, en el Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM) “El Copihue”(SENAMA, 2016). Este programa parte de un enfoque de derechos y busca garantizar el respeto a la dignidad de las personas mayores, evitando situaciones de maltrato por medio de la prevención del síndrome de desgaste profesional, a fin de favorecer la calidad de la atención que reciben las personas mayores de los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM). Esta estrategia se justifica desde tres componentes, a saber, la disminución de los índices de maltrato y discriminación dentro de los ELEAM y la recopilación de información sobre los residentes, que permita identificar oportunamente las situaciones de maltrato y determinar qué acciones se habrán de tomar.
El programa tiene dos objetivos generales: el primero es la prevención de la incidencia de maltrato y discriminación hacia el adulto mayor en el ELEAM. El segundo es la generación de espacios que faciliten el bienestar biopsicosocial del adulto mayor. Para dar respuesta a estos desafíos, se señalaron seis metas específicas:
- Disminuir los índices de desgaste profesional de los cuidadores formales.
- Prevenir la incidencia del síndrome de desgaste profesional.
- Instruir al personal sobre los distintos tipos de maltrato y como prevenirlo.
- Instruir a los residentes sobre cómo identificar situaciones de maltrato.
- Establecer canales de comunicación que permitan dar aviso de una situación de maltrato.
- Generar estrategias de intervención ante situaciones de maltrato.
La población objetivo de la iniciativa está constituida por todas las personas mayores y cuidadores del ELEAM "El Copihue". Esta estrategia para la prevención del síndrome de desgaste profesional en personal de cuidado aborda cuatro ámbitos principales, a saber: el bienestar psicológico del adulto mayor, su bienestar físico, su bienestar interpersonal y su inclusión social. En este sentido, las actividades que se ejecutan en el marco de la estrategia son: i) se realiza una evaluación psicosocial de los cuidadores en busca de indicios de estrés. Esto se hace por medio del cuestionario Maslach Burnout Inventory (MBI); ii) en las personas en que se hayan detectado índices elevados de estrés, se verifica la presencia del síndrome de desgaste profesional; iii) se organizan talleres de trabajo. Esto se hace en dos grupos: el primer grupo conformado por los cuidadores con bajo riesgo de síndrome de desgaste profesional y el segundo grupo con cuidadores de riesgo medio y alto; iv) se brinda capacitación sobre el flujograma de derivación, para cuando se presenten casos de algún cuidador o residente que detecte una situación de maltrato; v) se celebra la reunión semanal del consejo de residentes (personas mayores) con la trabajadora social; vi) se redacta el informe dirigido al Director Técnico del ELEAM; vii) se celebra una reunión mensual entre el Director Técnico del ELEAM y la directiva del Consejo de Residentes para examinar la información obtenida por la trabajadora social, y viii) se hace una evaluación psicológica individual a las personas mayores utilizando la Escala de Yesavage y la Escala de Filadelfia para evaluar probables síntomas de maltrato.
Para la adecuada ejecución de este programa, se lleva a cabo una constante retroalimentación por parte de los residentes. Además, se incluye la participación y ayuda de la comunidad por medio de talleres para la prevención del maltrato y se involucra a la familia y a las autoridades por medio de la visualización del trabajo realizado en el establecimiento. El programa ha permitido la obtención de resultados medibles y comparables en el tiempo. La evaluación del impacto de esta experiencia se mide por medio del Maslach Burnout Inventory (MBI), que permite evaluar tres aspectos de la labor de los cuidadores que hacen posible adoptar acciones preventivas. Además, se hace una prueba que mide el bienestar subjetivo de las personas mayores. Esta iniciativa ha sido evaluada positivamente tanto por las personas mayores como por los cuidadores. Los cuidadores han expresado su gratitud por el programa, dado que incluye como tema de interés su salud mental y física. Ello ha permitido profundizar en situaciones que generan estrés, a fin de hacer las intervenciones y cambios correspondientes; además ha permitido cambios en la estructura de funcionamiento de turno o de personal para una atención de calidad. Gracias a las capacitaciones ha sido posible evidenciar y comprender las consecuencias del estrés, favoreciendo el fomento de políticas de calidad de atención y prevención de maltrato a las personas. En este sentido, los mayores beneficiados han sido los adultos mayores, que han así gozado de un mejor trato.
Por su parte, el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) elaboró el Programa contra la Violencia y el Abuso al Adulto Mayor, que busca contribuir a la promoción y ejercicio de los derechos de las personas mayores a través de la prevención, detección y atención del maltrato (SENAMA, 2012b)
El programa tiene cuatro objetivos concretos:
- Promover la generación de conocimientos en torno al abuso, la violencia y el maltrato al adulto mayor.
- Formular estrategias de prevención y difusión.
- Ejecutar acciones de atención social integral para el adulto mayor.
- Brindar asesoría legal y facilitar el acceso expedito a la justicia.
Las estrategias de ejecución del programa se dividen en dos componentes. El primero consiste en generar y difundir conocimientos sobre maltrato a las personas mayores por medio de actividades de educación, capacitación, visibilización y sensibilización. El segundo componente del programa se enfoca en la atención integral social y jurídica especializada a las personas mayores víctimas de maltrato, trabajando en conjunto con organismos que atienden casos de maltrato. El programa se puso en marcha en 2012 y se lleva a cabo gracias a la coordinación interinstitucional a través de la Red de Prevención y Atención del Maltrato a las Personas Mayores, que brinda atención integral y patrocinio legal en casos de maltrato. Por medio de la Red las personas mayores reciben atención social y jurídica y se pone en práctica una estrategia de prevención, detección y atención del maltrato. En 2013 el programa lanzó una campaña audiovisual que advierte contra la indiferencia y abandono de las personas mayores (La Segunda, 2013).
En Chile, el Ministerio de Desarrollo Social elaboró el programa Buen Trato al Adulto Mayor, con el cual se busca contribuir a la promoción y ejercicio de los derechos de las personas mayores, fundamentándose en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores y en la Ley núm. 20.427, que incorpora el maltrato a personas mayores en la legislación nacional. Además, el programa se ajusta a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, ya que trabaja en pro del Objetivo 10 sobre la reducción de las desigualdades (Ministerio de Desarrollo Social, 2017 y 2019).
El programa Buen Trato al Adulto Mayor tiene por objetivo contribuir al reconocimiento, promoción y ejercicio de los derechos de las personas mayores, a través de la prevención del maltrato que los afecta, la promoción del buen trato y la asesoría y coordinación con las redes regionales y locales.
Esta iniciativa está dirigida a personas de 60 años y más. En 2018 cubrió un total de 9.763 personas mayores, en 2017 a 9.763 y en 2016 a 11.655. Este programa trabaja desde el ámbito de la protección social y el de participación y organización ciudadana. Para su ejecución ejecuta estrategias como la de desplegar acciones para prevenir el maltrato a las personas mayores y promover el buen trato al adulto mayor. Con ello se pretende contribuir a que los adultos mayores se encuentren informados y protegidos socialmente ante situaciones de maltrato. Esto lo hace por medio de una labor de capacitación, sensibilización y articulación, desde una mirada intersectorial, integral y psicosociojurídica. Además, el programa atiende a cualquier persona que acuda al SENAMA de las 15 regiones del país, y brinda asesoría y gestión de casos de maltrato, en coordinación con los dispositivos y actores locales. Además, el SENAMA cuenta con una línea telefónica a través de la cual se brinda asesoría e información sobre el tema. El programa desarrolla tres grandes actividades, a saber campañas de difusión destinadas a promover el buen trato a las personas mayores; capacitación, talleres, seminarios y charlas de prevención del maltrato y, en tercer lugar, asesorías, gestión y apoyo psicosocial en casos de maltrato.
Costa Rica
La Asociación Gerontológica Costarricense (AGECO) ejecuta desde 2008 el programa conocido como Observatorio de los Derechos Humanos de la Persona Adulta Mayor, con el fin de empoderar a las personas mayores en la defensa de sus derechos y generar una reflexión sobre la autonomía y la necesidad de integración política y social para promover el respeto de los derechos humanos en las personas mayores (Rivera, 2015). El proyecto se desarrolla en cuatro fases, que permiten el acercamiento de las personas mayores al tema de los derechos humanos.
La primera fase consiste en la sensibilización y localización de personas mayores que deseen vincularse a la iniciativa y que adquieren el rol de observadores; con estas personas se realizan talleres educativos. En la segunda fase se capacita a voluntarios para que participen activamente en la detección de casos de violación de derechos humanos de personas mayores en instituciones y espacios de vida cotidiana. Además, se dan a conocer los mecanismos para la información y denuncia de estos. Se entrenan en el manejo de instrumentos para registrar las situaciones que consideren que violan los derechos de las personas mayores. En la tercera fase comienza la labor de observación en instituciones, organizaciones y en la comunidad. Los observadores cuentan con un cuaderno donde sistemáticamente toman nota sobre las situaciones donde se violen los derechos de las personas mayores. Finalmente, en la cuarta fase se realizan propuestas de investigación a partir de las experiencias registradas por los observadores. En esta fase también se ejecutan foros y conferencias con expertos en el tema
Para la ejecución de esta estrategia se llevan a cabo actividades como talleres educativos sobre derechos humanos, diseño y entrega de materiales educativos, proceso de capacitación a observadores y atención de consultas legales telefónicas de personas mayores y familiares. El proyecto es evaluado durante su ejecución, lo cual permite ir incorporando las recomendaciones que van formulando los participantes en el programa. La evaluación de esta estrategia ha arrojado resultados exitosos, ya que los observadores han manifestado un alto grado de satisfacción. Gracias a esta iniciativa, las personas mayores se encuentran mejor informadas sobre sus derechos y acerca de los mecanismos para garantizarlos o denunciar su violación. Las personas mayores participantes como observadoras se han convertido en multiplicadoras del conocimiento sobre derechos humanos. Además, el proyecto ha potencializado la formulación de iniciativas conjuntas con diversas instituciones y organizaciones.
México
El Instituto Nacional de Salud Pública de México, con el fin de emprender acciones para lograr el reconocimiento de los derechos de las personas mayores, elaboró el modelo de atención integral en salud para adultos mayores maltratados (2013). Este modelo promueve la sensibilización, formación y orientación de los profesionales de la salud, a fin de lograr una mayor concientización acerca del problema por medio de una guía, un protocolo y un instrumento de detección de maltrato. La creación del modelo fue posterior a un estudio realizado para identificar la percepción de instituciones de salud, cuidadores y familias frente al maltrato a personas mayores; además, el modelo se basó en los principios de autodeterminación, dignidad, derechos humanos y bienestar de las personas mayores (INSP, 2013).
El modelo comprende dos etapas. La primera es la identificación de percepciones del personal de salud, adultos mayores, cuidadores y familias sobre el maltrato. La segunda es el diseño del modelo de atención integral en salud para el maltrato familiar en el adulto mayor, que contempla la sensibilización y la formación de los profesionales de la salud para aumentar su conciencia frente al problema y ofrecer herramientas para la atención integral, interdisciplinaria e interinstitucional de estos casos. Para esto, el modelo desarrolló un protocolo e instrumento adecuado para la detección de maltrato en personas mayores.
Conclusiones
Con arreglo a la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, es preciso promover la creación y el fortalecimiento de servicios de apoyo para atender los casos de violación de los derechos humanos de las personas mayores y fomentar el acceso a dichos servicios. Además, se hace necesario empoderar a la población mayor y sensibilizar a la sociedad civil sobre las diferentes formas de maltrato. La capacitación de la comunidad, de los funcionarios públicos y de los profesionales de la salud desempeña un papel estratégico en la prevención del maltrato.
Las iniciativas presentadas son una muestra de la puesta en práctica de acciones en países de América Latina, que se llevan a cabo para enfrentar y poner un alto a situaciones donde se violan los derechos de las personas mayores, así como para promover un trato digno a esta población. Se constituyen como recursos que motivan a la acción en los demás países de la región.
Bibliografia
Asamblea Legislativa (1996), "Decreto núm. 902: Ley contra la Violencia Intrafamiliar", Diario Oficial, N° 241, San Salvador, diciembre.
Asamblea Legislativa Plurinacional (2016), “Ley núm. 872 de 22 de diciembre de 2016”, Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, N° 921, La Paz, diciembre.
_____ (2013), "Ley núm. 369 de 01 de mayo de 2013: Ley General de las Personas Adultas Mayores", Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, N° 0520, La Paz, mayo.
Cano, S. y otros (2015), “Factores asociados al maltrato del adulto mayor de Antioquia, 2012”, Revista Facultad Nacional de Salud Pública, vol. 33, N° 1, Medellín, Universidad de Antioquia.
CONAPAM (Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor) (2014), " Red de Cuido", San José [en línea].
Freire, W. (2010), "SABE: Encuesta de Salud, Bienestar y Envejecimiento, Ecuador, 2009-2010. Presentación de resultados", Quito, Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) [en línea].
Giraldo, M. (2006), "Análisis de la información estadística: Encuesta sobre Maltrato a Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal 20006 (EMPAM-DF)", Ciudad de México, Gobierno del Distrito Federal [en línea].
Gobierno de Colombia (2017), Ley núm. 1850 de 2017, por la cual se Establecen Medidas de Protección al Adulto Mayor en Colombia, se Modifican las Leyes núm. 1251 de 2008, 1315 de 2009, 599 de 2000 y 1276 de 2009, se Penaliza el Maltrato Intrafamiliar por Abandono y se Dictan Otras Disposiciones, Bogotá, julio.
_____ (2008), Ley núm. 1251 de 2008 por la cual se Dictan Normas Tendientes a Procurar la Protección, Promoción y Defensa de los Derechos de los Adultos Mayores, Bogotá, noviembre.
Gobierno de Costa Rica (2006), “Decreto ejecutivo núm. 33158 que declara el 15 de junio ‘Día Nacional contra el Abuso, Maltrato, Marginación y Negligencia contra las Personas Adultas Mayores’”, La Gaceta, N° 103, San José, 9 de mayo.
_____ (1999), "Ley núm. 7935, Ley Integral para la Persona Adulta Mayor", La Gaceta, N° 221, San José, 15 de noviembre.
Gobierno del Brasil (2003), Lei N° 10.741, de 1° de outubro de 2003, Dispõe sobre o Estatuto do Idoso e dá Outras Providências, Brasilia, octubre.
Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia (2013), “Decreto supremo núm. 1807”, Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, N° 588, La Paz, noviembre.
_____ (2009a), Constitución Política del Estado, La Paz, febrero.
_____ (2009b), "Decreto supremo núm. 0264", Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, N° 0056, La Paz, agosto.
Gobierno del Perú (2016), "Ley núm. 30490 de la Persona Adulta Mayor", El Peruano, Lima, 20 de julio.
_____ (2006), "Ley núm. 28803 de las Personas Adultas Mayores", El Peruano, N° 9534, Lima, julio.
INEGI ( Instituto Nacional de Estadística y Geografía) (2016), "Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016", Aguascalientes [en línea].
_____ (2011), "Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2011", Aguascalientes [en línea].
INSP (Instituto Nacional de Salud Pública) (2013), Modelo de atención integral en salud para adultos mayores maltratados, Cuernavaca.
La Segunda (2013), "Lanzan campaña audiovisual contra el maltrato del adulto mayor", Santiago, 4 de julio [en línea].
MDS/SENAMA (Ministerio de Desarrollo Social/Servicio Nacional del Adulto Mayor) (2019), "Programa contra la Violencia y el Abuso al Adulto Mayor", Santiago [en línea].
Ministerio de Desarrollo Social (2010), "Programa Prevención de la Discriminación, el Abuso y el Maltrato hacia los Adultos Mayores ", Buenos Aires [en línea].
Ministerio de Desarrollo Social y Familia (2019), "Buen Trato al Adulto Mayor", Santiago [en línea].
_____ (2017), "Informe de seguimiento de programas sociales: Buen Trato al Adulto Mayor", Santiago [en línea] .
Ministerio de Justicia (2010), Ley núm. 20427 que Modifica la Ley núm. 20.066 de Violencia Intrafamiliar y Otros Cuerpos Legales para Incluir el Maltrato del Adulto Mayor en la Legislación Nacional, Santiago, marzo.
Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional (2018), Resolución ministerial núm. 007/2018, La Paz, enero.
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (2007), "Pautas y recomendaciones para el funcionamiento de los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM)", Lima [en línea].
Ministerio de Salud y Protección Social (2018), Cartilla sobre buen trato a las personas mayores, Bogotá [en línea].
MINSALUD/COLCIENCIAS (Ministerio de Salud y Protección Social / Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación) (2016), SABE Colombia: Encuesta Nacional de Salud, Bienestar y Envejecimiento. Cuidado y personas cuidadoras familiares, Bogotá.
Naciones Unidas (1948), Declaración Universal de Derechos Humanos (A/RES/217(III)), Nueva York, diciembre.
OEA (Organización de los Estados Americanos) (2015), Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, Washington, D.C., junio.
OMS (Organización Mundial de la Salud) (2018), "Maltrato de las personas mayores", Ginebra [en línea].
Poder Judicial (2016), "Políticas para garantizar el adecuado acceso a la justicia de la población adulta mayor", San José [en línea].
Rivera, L. (2015), "Observatorio de los derechos humanos: las personas adultas mayores como defensoras de sus propios derechos", Revista Costarricense de Trabajo Social, N° 26, San José, Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica.
SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor) (2019), "Atención Ciudadana (SIAC)", Santiago [en línea].
_____ (2018), Condiciones de vida de las personas mayores al interior de los establecimientos de larga estadía para adultos mayores de SENAMA, Santiago.
_____ (2016), Buenas prácticas en establecimientos de larga estadía, Santiago [en línea].
_____ (2012a), "Estudio de prevalencia del maltrato en la región de Valparaíso", Santiago, inédito.
_____ (2012b), Guía prevención del maltrato a las personas mayores, Santiago [en línea].
_____ (2009), Estudio Nacional de la Dependencia en las Personas Mayores, Santiago.
Sepúlveda, G. y otros (2009). “Caracterización de los casos de maltrato en el adulto mayor denunciados en la comisaria de familia en la localidad de Usaquén en el año 2007”, Revista Colombiana de Enfermería, vol. 4, N° 4, Bogotá, Universidad El Bosque.
Viera, M. (2012), "Centro de Orientación Socio Legal para Personas Mayores, Centro Proceso Social, Perú", Lima, Red Latinoamericana de Gerontología [en línea].