Pular para o conteúdo principal

Expertos de la ONU instan a la pronta ratificación de un histórico tratado ambiental en América Latina y el Caribe

Available in EnglishEspañol
13 de setembro de 2018|Comunicado de imprensa

Comunicado de prensa de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

foto_aprobacion_acuerdo_675.jpg

Foto del momento de la adopción del Acuerdo Regional (marzo de 2018)
Foto del momento de la adopción del Acuerdo Regional (marzo de 2018).
Foto: archivo CEPAL

GINEBRA (13 de septiembre de 2018) – Expertos* en derechos humanos de la ONU celebran la adopción del histórico acuerdo de Escazú e ahora instan a los Estados en América Latina y el Caribe a firmar y ratificar, a la mayor brevedad posible, un tratado ambiental pionero para la región.

El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe fue adoptado el pasado 4 de marzo de 2018 en Escazú, Costa Rica, y se estará abierto a la firma a partir del 27 de septiembre en la Asamblea General de la ONU, en Nueva York.

El tratado es el primero de su tipo en el mundo que incluye disposiciones vinculantes específicas para la protección y promoción de personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales. Fue negociado bajo los auspicios de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y es el único tratado vinculante emanado de la Conferencia de la ONU sobre Desarrollo Sostenible (Rio+20).

“Este histórico tratado regional no solo garantiza una buena gobernanza y derechos democráticos básicos, sino que también facilita la protección medioambiental y el desarrollo sostenible”, señalaron los 27 expertos en una declaración conjunta.

“Hay un énfasis especial en las personas y grupos en situaciones de vulnerabilidad y en las medidas para intentar ayudar a quienes más lo necesitan. Saludamos el enfoque de este tratado en superar las barreras y dificultades que obstaculizan el pleno disfrute de los derechos humanos relativos al medio ambiente, lo que resulta especialmente crucial en América Latina y el Caribe”, añadieron. También elogiaron el reconocimiento explícito del tratado a los derechos de los pueblos indígenas, así como a la diversidad cultural de América Latina y de sus pueblos.

El Relator Especial sobre derechos humanos y medio ambiente, David R. Boyd subrayó especialmente el artículo 1 del tratado, que reconoce el derecho de todas las personas a vivir en un medio ambiente sano.

El Relator Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos, Michel Forst, señaló que: “este acuerdo es un importante paso adelante en la protección y salvaguardia de las y los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales. Al establecer disposiciones vinculantes específicas, los Estados latinoamericanos y caribeños no solo reconocen la grave y preocupante situación a la que se enfrentan los defensores ambientales en países de la región, sino que también están tomando medidas concretas para reafirmar su papel y respetar, proteger y realizar todos sus derechos”.

Los expertos de la ONU también saludaron las disposiciones en el tratado que buscan garantizar el acceso a la información y a la justicia, en los distintos idiomas utilizados en cada uno de los países, y fomentar la cooperación y participación pública.

“En conformidad con las obligaciones internacionales de derechos humanos, el acuerdo regional establece importantes estándares que serán fundamentales a la hora de enfrentar algunos de los desafíos más apremiantes del mundo, tales como el cambio climático, la degradación de la tierra, la contaminación del agua, los desastres naturales y el agotamiento y uso no sostenible de los recursos naturales”, enfatizaron los expertos.

Los expertos añadieron que los Estados deben adoptar, en sus estrategias para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, un enfoque que englobe a la sociedad en su conjunto. También señalaron que un aspecto esencial de las obligaciones internacionales de los Estados en materia de derechos humanos es garantizar la protección, el respeto y el apoyo a los individuos que plantean preocupaciones respecto al impacto negativo sobre los derechos humanos, incluyendo en el contexto del desarrollo de proyectos que involucran a empresas.

“Este enfoque permitiría que cualquier persona (particularmente aquellas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad, como las personas de edad) tenga acceso a información oportuna y fidedigna, y así puedan participar de manera significativa en las decisiones que afectan a sus vidas y acceder a procedimientos de resarcimiento de daños y los recursos pertinentes cuando sus derechos sean vulnerados”.

“Al firmar y ratificar prontamente este innovador tratado, los Estados latinoamericanos y caribeños reforzarán su firme compromiso con la protección ambiental y los derechos humanos, y sobre todo, enviarán un inequívoco mensaje en favor del multilateralismo, la solidaridad, la igualdad y la integración regional, a la vez que promueven la colaboración con otras regiones”, dijeron.

En seguimiento al acuerdo, los Estados deben asegurar también que las actividades empresariales y las inversiones no ocurran a expensas de impactos adversos en términos medioambientales y de derechos humanos. En ese contexto, los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU presentan el marco de deberes y responsabilidades de los Estados y empresas, acordado a nivel global, para prevenir y abordar los impactos sobre los derechos humanos relacionados con las empresas. A su vez, en la implementación del acuerdo, los Estados deben tomar en consideración los diversos y desproporcionados impactos ambientales en las mujeres y niñas, y los desafíos específicos que enfrentan las mujeres defensoras de derechos humanos, asegurando que todas las acciones incorporen una perspectiva de género.

El acuerdo regional está abierto a la firma de los 33 países de América Latina y el Caribe, y requiere un mínimo de 11 Estados para entrar en vigor.

FIN

Los Expertos: El Sr. Michel ForstRelator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanosel Sr. David R. Boyd, Relator Especial sobre los derechos humanos y el medio ambiente; el Sr. Baskut Tuncak, Relator Especial sobre las obligaciones de derechos humanos relacionadas con la gestión y eliminación ecológicamente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos; el Sr. Obiora C. OkaforExperto independiente sobre los derechos humanos y la solidaridad internacional; el Sr. Dainius PūrasRelator Especial sobre el derecho a la salud física y mental; la Sra. Victoria Tauli Corpuz, Relatora especial sobre los derechos de los pueblos indígenas;el Sr. Léo HellerRelator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y el saneamiento; la Sra. Hilal ElverRelator Especial sobre el derecho a la alimentación; el Sr. Clément Nyaletsossi VouléRelator Especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación; el Sr.Dante Pesce, la Sra.Anita Ramasastryel Sr. Michael Addo, la Sra. Surya Devael Sr. Pavel Sulyandziga, Grupo de Trabajo sobre derechos humanos y empresas transnacionales y otras empresas comerciales; El Sr. Livingstone Sewanyana, Experto independiente en la promoción de un orden democrático y equitativo internacionalel Sr.  Saad AlfarargiRelator Especial sobre El derecho al desarrollo; el Sr. David KayeRelator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresiónla Sra. Karima Bennoune, Relatora Especial en la esfera de los derechos culturales; la Sra.Cecilia Jimenez-Damary,Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos; el Sr. Felipe González Morales, Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes; la Sra. Elizabeth Broderick, la Sra. Alda Facio, la Sra. Ivana Radačić, la Sra. Meskerem Geset Techane, la Sra. Melissa Upretila, la Sra. Ivana RadačićEl Grupo de Trabajo sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica; la Sra. Koumbou Boly BarryRelatora Especial sobre el derecho a la educación; la Sra. Rosa Kornfeld-Matte, Experta Independiente sobre el disfrute de todos los derechos humanos por las personas de edadla Sra. Catalina Devandas Aguilar, Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad;

Los Relatores Especiales forman parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, es el nombre general de los mecanismos de investigación y monitoreo del Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no perciben un salario por su labor, son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan a título individual.

Para más información y solicitudes de prensa, póngase en contacto con la Sra. Adriana Zarraluqui (+41 22 917 99 65 / azarraluqui@ohchr.org ) o escribe a Sra. Jessica Ní Mhainín (defenders@ohchr.org )

Para consultas de prensa sobre otros expertos independientes de la ONU: Jeremy Laurence, UN Human Rights – Media Unit (+41 22 917 9383 / jlaurence@ohchr.org)