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El proyecto de ley fue ingresado el 2015, y contempla las causales de peligro para la vida de la madre, inviabilidad fetal de carácter letal y embarazo por violación. La nueva legislación se enmarca dentro del compromiso de los Estados de América Latina y el Caribe en garantizar el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva de calidad como condición necesaria para la reducción de la mortalidad y la morbilidad materna, siendo también un compromiso asumido en el Consenso de Brasilia (2010), “revisar las leyes que prevén medidas punitivas contra las mujeres que se hayan sometido a abortos, conforme a lo recomendado en la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, incluidas las medidas e iniciativas para la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, así como en el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, y en las observaciones del Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas, y garantizar la realización del aborto en condiciones seguras en los casos autorizados por la ley.”[1]
La promulgación de la Ley se enmarca dentro de la implementación de la Estrategia de Montevideo, cuyo Eje 1 “Marco normativo: Igualdad y Estado de Derecho” comprende la base jurídica, legal y de política relativa a los derechos de las mujeres y la igualdad de género.
[1] Consenso de Brasilia (2010), Acuerdo 6 f)