Según las estimaciones y proyecciones de las Naciones Unidas, en 2019 hay 84,9 millones de personas mayores en América Latina y el Caribe, cifra que representa el 13% de la población regional. En 2030 esta población ascenderá a 118 millones y constituirá el 16,7% de la población total. En 2050, cuando el envejecimiento esté presente en prácticamente todos los países de la región, habrá alrededor de 190 millones de personas mayores, que representarán el 25% de la población regional.
Entre 2019 y 2030 la población compuesta por personas mayores se incrementará a un ritmo medio anual del 4,3%, cifra bastante superior a la del crecimiento total. En el período 2030-2050, este crecimiento será del 2,4%. Las personas mayores son, en definitiva, el segmento de población que más crece en la región y, dentro de este, el grupo conformado por aquellas de edad más avanzada (80 años y más) experimentará el aumento más significativo en las próximas décadas y alcanzará una tasa de crecimiento del 4,1% entre 2030 y 2050. Entre las personas mayores se observa un predominio femenino y las proyecciones muestran que esta tendencia persistirá. Actualmente, el índice de feminidad (número de mujeres por cada 100 hombres) entre las personas mayores es de 122,8, cifra que permanecerá inalterada durante los próximos 12 años.
Teniendo en cuenta este contexto demográfico, en el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo (CEPAL, 2013), los países reconocieron la inminente necesidad de replantear la protección social para que responda a las consecuencias de las transformaciones demográficas y, a su vez, anticipe las respuestas a las demandas de una población en proceso de cambio. Para ello acordaron 15 medidas prioritarias sobre envejecimiento y protección social (medidas prioritarias 18 a 32). Entre los temas incluidos se destacan la participación, la seguridad social, la educación, la salud, el cuidado, la muerte digna, el trabajo, la violencia, la discriminación y el ahorro.
Los siguientes apartados corresponden a un resumen general de la implementación de las medidas prioritarias del capítulo C del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, elaborado principalmente sobre la base de información estadística procesada por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), bases de datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los informes nacionales sobre los avances en la implementación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo y los informes que los países presentaron en la Cuarta Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento y Derechos de las Personas Mayores en América Latina y el Caribe, organizada por la CEPAL y el Gobierno del Paraguay en junio de 2017[1].
La ampliación de la seguridad de ingresos en la vejez
En la vejez, la protección social incluye la integración de tres pilares básicos: pensiones, atención básica de salud y servicios sociales para la autonomía. En conjunto, los tres actúan para suplir brechas de protección y desarrollar capacidades. Los pilares de pensiones y salud corresponden a mínimos sociales que deben operar como piso de la protección social, el cual debe ser garantizado directamente por el Estado. Los servicios sociales para la atención de la autonomía, por su parte, operan en los planos de la prevención y la reparación, que han de asumirse como una responsabilidad pública y sostenerse por medio de una red de protección que enlaza el piso mínimo de seguridad social y atención en salud con otras prestaciones sociosanitarias dirigidas a reforzar la atención de las personas mayores (Huenchuan, 2013).
En la actualidad, una gran parte de las personas mayores no tiene acceso a pensiones de vejez que les garanticen protección frente a los riesgos de pérdida de ingresos en la edad avanzada. Además, la cobertura de seguridad social de la población ocupada es muy desigual, lo que aumenta las posibilidades de desprotección económica para las generaciones futuras. En la región se han producido avances notables en lo referente a la expansión de las pensiones no contributivas, que contribuyen a reducir parte de los riesgos económicos que surgen con la edad avanzada. No obstante, es necesario continuar profundizando los mecanismos para incrementar la protección en la vejez, sobre todo en el caso de las mujeres mayores y la población rural.
Los mayores incrementos de cobertura se dieron en el Perú (19,6%), el Ecuador (22,1%), México (25,6%), el Paraguay (27,1%) y Panamá (32,2%). Todos esos países se encontraban por debajo del promedio regional en 2008, pero gracias a la implementación de programas de pensiones no contributivas, lograron ampliar la seguridad de ingresos en la vejez (véase el gráfico 1). La situación de otros países como Guatemala, Honduras y la República Dominicana es preocupante, dado que presentaban niveles de cobertura inferiores al 15% al inicio del período en estudio (2008) y en 2015 experimentaron un incremento de menos de 5 puntos porcentuales.
Gráfico 1
América Latina (17 países): percepción de pensiones totales, contributivas y no contributivas entre las personas de 65 años y más, alrededor de 2008 y 2015
(En porcentajes)
Fuente:Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), sobre la base de Banco de Datos de Encuestas de Hogares (BADEHOG).
La limitada cobertura de los sistemas de seguridad social en algunos países da lugar a una marcada desprotección, a raíz de lo cual una parte considerable de la población de 60 años y más no recibe ingresos propios. A su vez, este fenómeno se da más frecuentemente en el caso de las mujeres que en el de los hombres. Aunque la situación ha venido mejorando desde 2012, cuando el 25% de las mujeres mayores latinoamericanas no tenían ingresos propios, los sistemas de protección social siguen afrontando importantes desafíos a este respecto. Según la información más reciente de que se dispone, la proporción de mujeres de 60 años y más que carecen de ingresos propios en América Latina alcanza el 17,8%, lo que equivale a más de 6 millones de mujeres mayores.
Los países de América Latina y el Caribe hacen frente a los problemas de cobertura de diferentes maneras, pero la tendencia es evidente y la política que parece estar teniendo mayor impacto consiste en la ampliación de las pensiones no contributivas. Además de sus efectos sobre la cobertura, este cambio de política puede tener consecuencias importantes a largo plazo en aquellos países donde la población está envejeciendo. Esto es especialmente relevante en los países donde la escasa cobertura de la seguridad social contributiva se complementa con las pensiones no contributivas, en un contexto en que la población en edad de trabajar presenta bajos niveles de cotización, tanto en términos de cobertura como de densidad.
En el Caribe, desde la aprobación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo en 2013 los Estados miembros han seguido formulando y ejecutando políticas nacionales sobre envejecimiento, además de reforzar los programas y servicios para las personas mayores. La atención se ha centrado en gran medida en la protección de los ingresos, la salud y los servicios de atención de la salud. Estos esfuerzos han tenido repercusiones positivas en el bienestar de las personas mayores, pero aún queda mucho por hacer para garantizar que puedan disfrutar plenamente de sus derechos humanos. Debido a las limitaciones en términos de recursos y capacidades, la implementación ha sido lenta y siguen existiendo diferencias significativas entre las políticas y la práctica (CEPAL, 2018).
Mejora y expansión de la protección social en materia de salud
En lo que respecta a la protección social en salud se observa una adaptación lenta de los sistemas de salud a los cambios de la demanda surgidos a raíz de las dinámicas demográfica, epidemiológica y tecnológica, lo que ha dado lugar a un incremento de los costos y gastos de los servicios de atención de la salud y a un acceso insuficiente de la población a servicios de salud adecuados y de calidad. Además, la cobertura sanitaria es desigual y, aun en caso de que las personas mayores cuenten con seguro de salud, ello no significa que puedan acudir a un centro médico cuando lo necesitan. La posibilidad de obtener medicamentos a un costo accesible y de recibir prestaciones sanitarias eficaces y adecuadas a sus necesidades, así como cuidados de larga duración fiscalizados y en los que se respeten los derechos y libertades fundamentales al aumentar la dependencia, son asuntos que preocupan a la generación actual de personas mayores cuando su autonomía se ve afectada. Por su parte, los países del Caribe han ampliado el acceso de las personas mayores a una gama de servicios de atención de la salud, aunque a menudo la demanda supera con creces la oferta, y los gastos no cubiertos representan más del 30% del total del desembolso en atención sanitaria (CEPAL, 2018).
En este marco, si bien la atención de la salud de las personas mayores ha ido mejorando con el tiempo, aún son pocos los países que cumplen sus obligaciones relacionadas con los estándares internacionales de derechos humanos. Cabe recordar que el derecho a la salud conlleva obligaciones, y una de ellas es la de garantizar este derecho por medio de medidas legislativas, administrativas y presupuestarias, entre otras. Como ha indicado la OMS en su Informe mundial sobre el envejecimiento y la salud de 2015: “Se necesita con urgencia una acción de salud pública integral sobre el envejecimiento. Aunque falta mucho por aprender, tenemos pruebas suficientes para actuar ahora, y hay cosas que todos los países pueden hacer, independientemente de su situación actual o nivel de desarrollo. El primer paso será centrarse en optimizar la capacidad funcional, que es el objetivo del Envejecimiento Saludable” (OMS, 2015, pág. 229). En el caso particular del Caribe, el enfoque basado en los derechos humanos aún no se ha adoptado verdaderamente. Las medidas de protección de los derechos de las personas mayores a nivel nacional siguen siendo dispersas y, a menudo, se centran en temas específicos —principalmente en el área de la salud y la asistencia social—, sin considerar todo el espectro de los derechos humanos (CEPAL, 2018).
Necesidad de más y mejores servicios de cuidados a largo plazo
En este contexto de necesidad de lograr avances y mejoras en los sistemas de protección social, es indispensable reforzar los cuidados a largo plazo. El envejecimiento de la población trae aparejado el riesgo de sufrir dependencia, y las personas mayores pueden necesitar los cuidados de otras personas debido a una discapacidad, una enfermedad crónica o un trauma, situaciones que pueden limitar su capacidad para llevar a cabo actividades de cuidado personal básico o tareas cotidianas.
La situación de los cuidados a largo plazo ha mejorado en los últimos años, pero siguen existiendo rezagos. Tanto los marcos normativos generales y específicos de los países de la región como el abanico de programas sociales relacionados con la protección de la vejez revelan que los riesgos asociados al cuidado se concentran cada vez más en las familias. Esto acrecienta la vulnerabilidad de las personas que precisan cuidado y de las que lo brindan, que en la actualidad se ven directamente afectadas por la distribución desigual de los recursos según el origen familiar. De ello se deriva, precisamente, uno de los grandes retos hasta 2030: avanzar hacia el reconocimiento y la inclusión del cuidado en las políticas públicas en un marco de solidaridad e igualdad. La CEPAL ha insistido en la necesidad de replantear la protección social de forma que responda de manera inmediata a las consecuencias de las transformaciones demográficas y que pueda anticipar respuestas a las demandas de una población en constante cambio (CEPAL, 2017a).En el caso particular del Caribe, es necesario desarrollar la atención gerontológica y geriátrica en los sistemas de atención sanitaria y social para satisfacer las necesidades de las personas mayores en la subregión, centrándose especialmente en facilitar el acceso a esta atención por parte de las personas mayores que viven en zonas rurales, remotas y desfavorecidas (CEPAL, 2018).
En este contexto, tal como se recomienda en la medida prioritaria 31 del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, la construcción de una política pública de cuidados a largo plazo es más importante que nunca. Su fundamento, incluso por encima de la demanda, radica en el creciente aporte al empleo que las labores de atención de las personas mayores pueden representar para la economía de muchos países[2]. A partir de las encuestas de uso del tiempo de algunos países de América Latina, se puede afirmar que la dedicación de las mujeres a tareas de trabajo no remunerado (entre las que se incluye el cuidado de personas dependientes) es elevada. En México y Costa Rica se dedican más de 50 horas semanales a este tipo de actividades, mientras que en la Argentina y el Perú se destinan alrededor de 40 horas semanales a esas labores (véase el gráfico 2). Junto con ello, la previsión prácticamente nula de la necesidad de este tipo de cuidado en los sistemas de protección social puede hacer que las personas mayores no reciban la atención que necesitan de manera adecuada, accesible y oportuna. De este modo, una parte considerable de la población puede quedar excluida de los servicios sociales, y su patrimonio e ingresos pueden verse comprometidos en la búsqueda de ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Gráfico 2
América Latina (10 países): tiempo medio destinado al trabajo remunerado y no remunerado de la población femenina de 15 años o más, último período disponible
(En horas semanales)
Fuente: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), sobre la base de encuestas de uso del tiempo de los respectivos países.
a En el trabajo remunerado se excluye el tiempo dedicado a la búsqueda de empleo, ya que no fue considerado en la encuesta.
b En el trabajo no remunerado se consideran únicamente las actividades domésticas no remuneradas.
c En el trabajo no remunerado se excluye el apoyo a otros hogares.
d Encuesta realizada solo en zonas urbanas.
e El módulo de uso del tiempo solo considera a la población de 18 años o más.
f Encuesta realizada solo en la gran área metropolitana.
g Al desagregarse las actividades de trabajo no remunerado en el cuestionario de 2009, se sobrestimaban las horas. Esto no sucede en el cuestionario de 2014, en el que dichas actividades aparecen agregadas.
Por otro lado, crece la demanda de cuidadores.Si se estudia la situación de los países de la región tomando como referencia el estándar decuidadores informales establecido por Noruega(87,2 cuidadores informales por cada 100 personas de 65 años y más),esta resulta bastante heterogénea. Cuba es el país más afectado por esta situación: si la tendencia se mantiene sin cambios, en 2030 el 50% de la población económicamente activa menor de 65 años deberá dedicarse al cuidado de las personas mayores, prácticamente el doble que en 2015. Otro país que presenta una situación compleja es Colombia, donde también se duplicaría la población económicamente activa que tendría que dedicarse a las tareas de cuidado (véase el gráfico 3). Los países del Caribe de habla inglesa también se encuentran en una coyuntura difícil, dado que en un estudio cualitativo realizado en seis de ellos se confirmó que existían grandes problemas de cobertura y acceso en el ámbito de los servicios de cuidado (Cloos y otros, 2009). Varios países se enfrentan a dificultades relacionadas con el reclutamiento y la retención de trabajadores (CEPAL, 2017b).
Gráfico 3
América Latina (20 países): proporción de cuidadores informales requeridos respecto de la población económicamente activa menor de 65 años, 2015-2030
(En porcentajes)
Fuente: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), sobre la base de encuestas de uso del tiempo de los respectivos países.
Fuente: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), sobre la base de “Estimaciones y proyecciones de población total, urbana y rural, y económicamente activa”, Santiago, 2017 [en línea] https://www.cepal.org/es/temas/proyecciones-demograficas/estimaciones-proyecciones-poblacion-total-urbana-rural-economicamente-activa; Naciones Unidas, World Population Prospects: The 2015 Revision, Nueva York, 2015.
Diversos países se encuentran implementando acciones en este sentido; entre ellos,Barbados, Chile, el Ecuador, el Paraguay, Saint Kitts y Nevis y el Uruguay. En el caso de este último, en 2015 se creó el Sistema Nacional Integradode Cuidados, que cuenta con servicios como teleasistencia domiciliaria, centros de día, centros de larga estadía y asistencia personalizada. En Chile, el Ministerio de Salud ejecuta el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa, tal como se expone en su informe nacional. Además,15 comunas de este país cuentan con servicios de cuidado domiciliario y en 2017 se construyeron cuatro nuevos establecimientos de larga estadía y cuatro centros diurnos. En el Paraguay, en diciembre de 2016 se inauguró el Centro Residencial de Apoyo y Ayuda al Adulto Mayor, que brinda atención sociosanitaria a 175 jubilados y beneficiarios del Instituto de Previsión Social (IPS) residentes en el lugar de forma permanente. En el Ecuador, la Subsecretaría de Atención Intergeneracional del Ministerio de Inclusión Económica y Social presta atención directa a las personas mayores en 14 centros de atención gerontológica. En dos países del Caribe, Barbados y Saint Kitts y Nevis, se proporciona atención básica de enfermería en el hogar, en el marco de un programa de atención domiciliaria o de otros programas. La atención básica puede incluir servicios muy diversos: desde curar heridas o controlar la presión arterial y los niveles de glucosa hasta ofrecer consejos sobre nutrición, normas sanitarias y otros problemas de salud. Además, los cuidadores también están capacitados para detectar enfermedades o casos de abandono, abuso o malnutrición e informar sobre ellos. En la Argentina y Costa Rica también se están llevando a cabo acciones en este ámbito.
Por su parte, Honduras menciona en su informe nacional la apertura, en 2015, de los Centros de Cuidados Diurnos del Adulto Mayor (CE-CUIDAM), creados para brindar atención integral a personas mayores en situación de pobreza extrema, riesgo social y vulnerabilidad. Actualmente el país cuenta con 19 centros en 13 departamentos, de los que se benefician más de 4.000 personas mayores. En el Uruguay se promulgó en 2016 la Ley núm. 19.353 del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, con arreglo a la cual se constituyó el Plan Nacional de Cuidados 2016-2020 y se reconoció la responsabilidad compartida entre la familia, el Estado, la comunidad y el mercado en lo que respecta a las actividades de cuidados. En el caso del informe nacional de la República Bolivariana de Venezuela, entre los diferentes programas y servicios dirigidos a la atención y mejora de la calidad de vida de las personas mayores, se ponen de relieve las gerogranjas y aldeas de encuentro, que promueven el bienestar físico y psicosocial de las personas mayores, a través de la terapia ocupacional y de espacios para la interrelación social.
Cuidados paliativos y muerte digna en la vejez
La medida prioritaria 29 del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo subraya la necesidad de “favorecer el desarrollo y acceso a cuidados paliativos, para asegurar una muerte digna y sin dolor” (CEPAL, 2013, pág. 19). Es una de las medidas más novedosas y complejas del capítulo, por lo que, antes de proceder a su documentación, es necesario hacer algunas aclaraciones preliminares con respecto a su contenido e interpretarla a la luz de los instrumentos internacionales existentes.
La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores define los cuidados paliativos como “la atención y cuidado activo, integral e interdisciplinario de pacientes cuya enfermedad no responde a un tratamiento curativo o sufren dolores evitables, a fin de mejorar su calidad de vida hasta el fin de sus días. Implica una atención primordial al control del dolor, de otros síntomas y de los problemas sociales, psicológicos y espirituales de la persona mayor. Abarcan al paciente, su entorno y su familia. Afirman la vida y consideran la muerte como un proceso normal; no la aceleran ni retrasan” (OEA, 2015)[3].
Este ha sido un campo que no se ha desarrollado de la misma manera que los otros analizados en este artículo, pues a pesar de su urgencia, todavía queda mucho por hacer en este ámbito. Los cuidados paliativos consisten en ofrecer lo más básico del concepto de cuidar. Sin embargo, la discriminación que sufren las personas mayores ha naturalizado de tal modo los comportamientos ajenos a su dignidad como ser humano que incluso ellas mismas los perciben como naturales y los únicos a los que pueden aspirar durante la vejez. Cambiar esta forma de entender la vejez es de suma importancia para garantizar que las personas mayores puedan vivir con autonomía hasta el momento de su muerte, procurando respetar su voluntad con respecto a la forma en que esperan que esta se produzca y brindando todo el apoyo necesario para dignificar ese momento.
Extensión de la protección de los derechos humanos de las personas mayores
El Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo destaca los derechos humanos entre sus principios generales. En el capítulo C, este enfoque se hace explícito en la mayoría de sus quince medidas prioritarias y particularmente en el preámbulo, donde se reconoce que el empoderamiento de las personas mayores es una dimensión clave para el pleno respeto de sus derechos humanos.
Entre los indicadores propuestos por el Grupo de Trabajo ad hoc encargado de elaborar una propuesta de indicadores para el seguimiento regional del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, cabe mencionar el indicador C.1: “El país realiza acciones a favor de las personas mayores que coadyuvan al cumplimiento del objetivo de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”. Se trata de un indicador estructural que ayuda a captar la aceptación, la intención y el compromiso de los Estados en lo referente a la aplicación de medidas acordes con sus obligaciones de derechos humanos relativas a las personas mayores.
Con respecto a este indicador, cabe subrayar que la Argentina, Bolivia (Estado Plurinacional de), Chile, Costa Rica y el Uruguay han ratificado la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores y otros países están haciendo esfuerzos en ese sentido. En el ámbito nacional, en los últimos años algunos países han aprobado leyes relacionadas con las personas mayores. Por ejemplo, el Estado Plurinacional de Bolivia aprobó la Ley General de las Personas Adultas Mayores (Ley núm. 369) el 1 de mayo de 2013 y el Perú promulgó la Ley de la Persona Adulta Mayor (Ley núm. 30490) el 21 de julio de 2016.
La Convención también favorece la implementación de medidas para impedir la discriminación y la violencia que afectan a las personas mayores. Ambos temas forman parte del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, lo que refuerza lo establecido por la Convención. En este sentido, en 2015 se creó en la República Dominicana la Unidad Especializada en Violencia Contra el Adulto Mayor, que funciona en coordinación con el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE) y otras dependencias, como la Dirección Nacional de Atención a Víctimas, las fiscalías y otras oficinas especializadas. En Chile, la Ley núm. 21.013 de 6 de junio de 2017 tipifica un nuevo delito de maltrato que protege a las personas mayores de la violencia fuera del núcleo familiar, incluida la relacionada con el cuidado extradomiciliario o las situaciones de maltrato que tienen lugar en el marco de la atención residencial de largo plazo, lo que complementa la Ley núm. 20.609 de 2012 sobre discriminación, que establece la edad como posible causa de discriminación.
Por su parte, el Brasil recoge en su informe nacional la reciente creación de la Secretaría Nacional de Promoción y Defensa de los Derechos de la Persona de Edad y del Sistema de Vigilancia de Violencias y Accidentes del Ministerio de Salud. En el caso de Guatemala, la Procuraduría General de la Nación implementó la Sección de Protección de los Derechos del Adulto Mayor y Personas con Discapacidad, que promueve la prevención y erradicación de la violencia intrafamiliar y brinda orientación jurídica y administrativa para la protección de los derechos de las personas mayores. Este país cuenta, además, con la Defensoría de las Personas Mayores de la Procuraduría de los Derechos Humanos. En el Uruguay, por otra parte, se creó en 2013 el Servicio de Atención a la Violencia Intrafamiliar del Instituto Nacional de las Personas Mayores (INMAYORES), con el objetivo de dar respuesta a las situaciones de violencia que viven las personas mayores en Montevideo y la zona metropolitana.
Los países del Caribe cuentan con una amplia experiencia en el tratamiento de las situaciones de violencia y maltrato experimentadas por las personas mayores. Pese a ello, la negligencia, la violencia y el abuso continúan siendo un problema persistente en la subregión. Según un informe reciente de la sede subregional de la CEPAL para el Caribe, para abordar este problema los países deben identificar los obstáculos pendientes, realizando investigaciones, encuestas y estudios y recopilando datos desglosados por edad, sexo y tipo de delito, a fin de dar visibilidad a esta violencia que a menudo pasa inadvertida y que con frecuencia ocurre en el seno de la familia y en instituciones de cuidado a largo plazo. La información obtenida podría utilizarse para poner en práctica acciones adicionales. Es necesario hacer más para proporcionar medidas de apoyo a las personas mayores que son víctimas de la violencia, el abandono y el abuso, desde una perspectiva de género y discapacidad. Entre estas medidas debería incluirse no solo la disponibilidad de alojamientos de emergencia, sino también la creación de centros de asesoramiento y líneas de ayuda gratuitas, así como un trato preferencial para acceder a la justicia (CEPAL, 2017b).
En síntesis
La incorporación explícita de las personas mayores a los sistemas de protección social desde la perspectiva de la igualdad se fundamenta en que los cambios demográficos actúan como factores clave en la creación de oportunidades y establecen nuevas restricciones relacionadas con la redefinición de las funciones de la familia, el mercado y el Estado. Por lo tanto, tal como se recomienda en el capítulo C del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, es necesario replantear la protección social para que responda de manera inmediata a las consecuencias de las transformaciones demográficas y, a su vez, anticipe las respuestas a las demandas de una población en proceso de cambio.
De no efectuarse cambios aprovechando la coyuntura actual, es evidente que se verán afectadas las posibilidades de brindar protección social a toda la población. A diferencia de 2013, cuando se adoptó el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, en la actualidad existe un instrumento jurídicamente vinculante que coadyuva a su implementación: la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Esta Convención facilita la estandarización de las legislaciones, políticas y prácticas por parte de los Estados y, paralelamente, la reducción de las brechas de protección e implementación de los derechos humanos de este grupo social. De igual manera, ofrece definiciones comunes para la comprensión de los derechos humanos en el contexto del envejecimiento y brinda la oportunidad de lograr un cambio de paradigma. Más allá de las obligaciones jurídicas que establece, la Convención es un instrumento para la promoción de políticas públicas efectivas y una sólida herramienta para llevar a la práctica los derechos humanos de las personas mayores, por medio de la toma de conciencia, en el ámbito nacional, de las responsabilidades que emanan de ella.
Bibliografia
CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe) (2019), Primer informe regional sobre la implementación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo (LC/CRPD.3/6), Santiago.
_____ (2018), Panorama Social de América Latina, 2017 (LC/PUB.2018/1-P), Santiago.
_____ (2017a), Derechos de las personas mayores: retos para la interdependencia y autonomía (LC/CRE.4/3/Rev.1), Santiago.
_____ (2017b), “Caribbean synthesis report on the implementation of the Madrid International Plan of Action on Ageing and the San José Charter on the Rights of Older Persons in Latin American and the Caribbean”, Santiago, junio [en línea] https://conferenciaenvejecimiento.cepal.org/4/sites/envejecimiento4/files/caribbean_synthesis_report_ageing.pdf.
_____ (2013), Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo (LC/L.3697), Santiago.
Cloos, P. y otros (2009), “‘Active ageing’: a qualitative study in six Caribbean countries”, Ageing & Society, vol. 30, Nº 1, Cambridge, Cambridge University Press.
Colombo, F. y otros (2011), Help Wanted?: Providing and Paying for Long-Term Care, París, Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).
Huenchuan, S. (2013), Envejecimiento, solidaridad y protección social en América Latina y el Caribe: la hora de avanzar hacia la igualdad, Libros de la CEPAL, Nº 117 (LC/G.2553-P), Santiago, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).
OEA (Organización de los Estados Americanos) (2015), Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, Washington, D.C., junio.
OMS (Organización Mundial de la Salud) (2015), Informe mundial sobre el envejecimiento y la salud, Ginebra.
[1] Para acceder a los informes de los países, véase Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), “Declaraciones de los países” [en línea].
[2] Por ejemplo, teniendo en cuenta el envejecimiento de la población y la disminución prevista de la disponibilidad de cuidadores familiares, se estima que en 2050 la demanda de cuidados a largo plazo en los países de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) implicará una duplicación de los trabajadores de este sector como porcentaje de la población activa (Colombo y otros, 2011).
[3] El objetivo final de la Convención en este aspecto no es asegurar una buena muerte, sino mantener una buena vida hasta el final. Es por ello por lo que el concepto de cuidados paliativos se aborda de manera tan amplia en este instrumento y se incluye no solo en el artículo 6 sobre el derecho a la vida y a la dignidad en la vejez, sino también en el artículo 12 sobre los derechos de la persona mayor que recibe servicios de cuidado a largo plazo, el artículo 19 sobre el derecho a la salud y el artículo 11 sobre el derecho a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud.