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Resumen
A partir de la reforma al sistema de seguridad social en Salud que introdujo la Ley 100 de 1993 en Colombia, la población con capacidad de pago debe afiliarse al régimen contributivo en salud, y la población pobre al régimen subsidiado. El costo del plan obligatorio de salud del régimen contributivo (POS); se cubre con los aportes equivalentes al 12% del salario. El 100% del valor del plan de salud del régimen subsidiado (POSS); es cubierto con subsidios a la demanda.
El valor del POSS equivale a un 50% de la unidad de pago por capitación del régimen contributivo. Ese menor valor corresponde a un cubrimiento menor de procedimientos y enfermedades en el POSS, que los que están cubiertas en el POS. Aparte de las diferencias entre el POSS y el POS, el sistema contempla un único plan de salud para toda la población.
Como este tipo de esquemas, con planes únicos de salud para toda la población, propicia la selección de riesgos de parte de las aseguradoras (EPS y ARS);, se contemplaron diversas medidas en el diseño del sistema para evitar ese tipo de acciones perversas, y eliminar de esta forma el incentivo para que las aseguradoras, en lugar de aumentar su eficiencia en la intermediación de servicios y en el aseguramiento de la población, se especialicen más bien en la selección de riesgos, atentando contra los principios de eficiencia, calidad y equidad que deben regir el funcionamiento del sistema.
Este estudio intenta lograr dos objetivos básicos. En primer lugar, se busca establecer cuáles son las características socioeconómicas y demográficas de los individuos asociadas con las mayores frecuencias de uso de los servicios de salud en el sistema, así como, con el costo de los mismos. En particular, en el desarrollo de este análisis se evalúa cuál es el grado de utilización de los servicios por parte de los no afiliados, versus la utilización del POS y del POSS, por parte de los afiliados al régimen contributivo y al régimen subsidiado.
En segundo lugar, se establece cuál es la distribución de riesgos entre las EPS (que afilian a la población del régimen contributivo);, las ARS (que afilian a la población del régimen subsidiado); y el sistema de salud que atiende a los no afiliados. Adicionalmente, se analiza la evidencia empírica sobre la selección de riesgos en esas entidades.
Del análisis realizado se desprende, entre otras conclusiones, que la evidencia disponible no muestra que la selección de riesgos haya sido una práctica de importancia entre las aseguradoras, a pesar de los incentivos existentes. Sin embargo, el esquema vigente de ajuste de la UPC y de la UPC-S resulta bastante imperfecto y limitado para prevenir la selección de riesgos. De una parte, en ambos regímenes la edad es una variable que puede depurarse. De otra parte, existen otras variables socioeconómicas relacionadas con el valor de los servicios recibidos por los individuos que podrían incorporarse en el esquema de ajuste.