Vigesimosegundo período de sesiones del Comité Plenario
En la resolución 553(XXVI) de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), aprobada con ocasión de su vigesimosexto período de sesiones, se acordó establecer un grupo especial de trabajo, abierto a todos los países miembros, el que, en consulta con el Secretario Ejecutivo, tendría el mandato de determinar las prioridades del programa de trabajo y proponer a la Comisión orientaciones estratégicas para sus actividades futuras, tomando en cuenta las prioridades del desarrollo de América Latina y el Caribe, así como aspectos presupuestarios. Dicho mandato fue renovado en el vigesimoséptimo período de sesiones, en virtud de la resolución 565(XXVII), en el vigesimoctavo período de sesiones, mediante la resolución 578(XXVIII), y en el vigesimonoveno período de sesiones, mediante la resolución 598(XXIX), ocasión en la cual se solicitó al Grupo especial de trabajo que continuara colaborando con el Secretario Ejecutivo en el ámbito del mandato establecido en la resolución 553(XXVI), tomando en cuenta para ello las metas y compromisos acordados en la Declaración del Milenio