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Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento del Acuerdo de Escazú

Origen y naturaleza

El Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento es un órgano subsidiario de la Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú para promover la aplicación y apoyar a las Partes en la implementación del Acuerdo. Es un órgano de carácter consultivo, transparente, no contencioso, no judicial y no punitivo. El Comité está integrado por siete miembros elegidos por la Conferencia de las Partes, quienes ejercen sus funciones a título personal.

Marco Normativo

Estructura y composición

El Comité está integrado por siete miembros elegidos por la Conferencia de las Partes, quienes ejercen sus funciones a título personal. Los miembros del Comité deberán ser de gran integridad moral, con reconocida competencia en los derechos de acceso u otras materias del Acuerdo, deberán ser nacionales o residentes de países en el Anexo I del Acuerdo, y deberán ser independientes de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de dichos países. Los miembros se eligen por cuatro años y su mandato puede ser renovado por otros cuatro años. Sin embargo, los mandatos de tres de las personas integrantes elegidas en la primera elección expirarán al cabo de seis años, las cuales se eligirán por sorteo. Mayor detalle sobre el procedimiento de nominación, elección y otros se encuentra disponible en las Reglas de Composición.

Los primeros integrantes del Comité se eligieron mediante la Decisión II/1 adoptada en la segunda reunión de la Conferencia de las Partes (COP2), de caracter extraordinaria, celebrada en Buenos Aires, Argentina en 2023, teniendo en cuenta una distribución geográfica equitativa de sus integrantes, la paridad de género, y experiencia y conocimientos jurídicos. Los miembros del Comité declararon solemnemente desempeñar sus funciones, de conformidad a las Reglas de Composición, el 10 de agosto de 2023, en CEPAL. Luego, en esa misma instancia llevaron a cabo su primera sesión en formato presencial y el Comité eligió por consenso a la Sra. Patricia Madrigal como Presidencia, y al Sr. Andrés Napoli y Sra.Carole Stephens como Vicepresidencias.

Miembros actuales

NOMBRE PAÍS ELECCIÓN EXPIRACIÓN CARGO
Guillermo Acuña Chile 2023 / 2027
Mariana Blengio Uruguay 2023 / 2027
Rita Joseph-Olivetti Granada 2023 / 2029
Patricia Madrigal Costa Rica 2023 / 2029
Andrés Napoli Argentina 2023 /2027
Carole Stephens Jamaica 2023 / 2029
Félix Wing Panamá 2023 / 2027

Miembros actuales

PROCESO DE SELECCIÓN DE MIEMBROS 

2023 - LISTA NUMERADA DE PERSONAS CANDIDATAS (23 de febrero de 2023)

  • De acuerdo con el artículo II.5 de las Reglas de composición y funcionamiento del Comité, la Mesa Directiva elaboró la siguiente lista numerada de diez personas candidatas al Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento. Dicha lista está compuesta por cinco hombres y cinco mujeres, de diez nacionalidades de países del Anexo 1 del Acuerdo. Hay tres representantes de Centroamérica y México, tres del Caribe anglófono y cuatro de Sudamérica. Corresponden actualmente a cinco Estados Parte y cinco Estados no Parte. De la lista numerada, la Conferencia de las Partes elegirá las siete personas integrantes del Comité (numeración por orden alfabético de los apellidos): 
  1. Acuña, Guillermo Eduardo (Chile)
  2.  Blengio Valdés, Mariana (Uruguay)
  3. Born, Rubens Harry (Brasil)
  4. Carrillo Fuentes, Juan Carlos (México)
  5. Joseph-Olivetti, Rita Leonette (Granada)
  6. Madrigal Cordero, Patricia (Costa Rica)
  7. Mitchell, Gavern Sherva (Trinidad y Tobago)
  8. Napoli, Andrés María (Argentina)
  9. Stephens, Carole Denise Angela (Jamaica)
  10. Wing Solís, Félix (Panamá)

2022 - CANDIDATURAS:

  • Bases para la presentación de candidaturas 
  • El 15 de diciembre de 2022 a las 23:59 horas de Santiago, Chile se cerró el plazo para la presentación de candidaturas al Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento del Acuerdo de Escazú. En total, se recibieron 49 candidaturas de 15 países de América Latina y el Caribe. De estas, 48 fueron admitidas y 1 no admitida por haberse recibido fuera de plazo. Los requisitos y proceso de elección de los miembros se encuentran establecidos en las Reglas de Composición

Candidaturas admitidas (por orden alfabético):

Candidaturas no admitidas